La jubilación flexible permite compaginar el cobro de la pensión de jubilación con el desempeño de un trabajo a tiempo parcial. Esta es una opción para los trabajadores de todos los regímenes de la Seguridad Social, excepto para funcionarios civiles del Estado, el personal de las Fuerzas Armadas y el de la Administración de Justicia. Tampoco pueden acceder a ella los autónomos.

 

Requisitos para adoptar la jubilación flexible

– Estar jubilado

– Comunicar su intención a la entidad gestora de la Seguridad Social antes de iniciar la actividad laboral a tiempo parcial

– Reducir, al menos, en un 25% la jornada de trabajo

 

Diferencias entre jubilación flexible y activa

– La cuantía de la pensión: se ve afectada por las cotizaciones realizadas con la jubilación flexible, pero con la activa no se ve afectada

– El acceso: para acceder a la activa debe haberse cotizado los años suficientes para alcanzar el 100% de la base reguladora mientras que para accceder a la flexible no es necesario

– La jubilación activa permite el trabajo por cuenta propia (para autónomos), pero la flexible tan solo acepta el trabajo por cuenta ajena.

 

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