Buenos días:
Asesoría Millán está en constante estudio y preparación de las materias y cuestiones concretas que a nuestros clientes les interesa o preocupa.
Para sacarle a vuestras actividades el mayor partido nos convendría repasar los gastos deducibles en el caso de ser autónomo que trabaja desde casa.
El primer requisito fundamental para la deducibilidad de los gastos es que sean provocados por el desempeño de tu actividad profesional. En segundo lugar, se deducirá en proporción metros de la vivienda necesarios para desarrollar tu trabajo. Y otro apunte previo a tener en cuenta es si la vivienda es alquilada o en propiedad.
Luego el primer paso es comunicárselo a la Agencia Tributaria, hecho ya realizado a través del modelo 037 para las personas físicas. Una última cuestión, es que el gasto en concreto se debe poder demostrar a hacienda que es generado íntegramente por el trabajo autónomo de lo contrario no será deducible. En este punto nos debemos parar un momento, ya que para la deducibilidad de gastos que se pueden individualizar mediante contadores como la luz o el agua, para poder deducirlo se debe tener en contador y factura separada la parte de la casa o piso que se dedica para la actividad. Igual que en el caso de deducir la factura de internet se debería tener dos servicios contratados uno para cubrir el de la vivienda, y otro para la habitación/es que se dedica a la actividad que si seria deducible.
Si estas pensando en constituirte empresa, y tienes una actividad ya sea a realizar desde tu domicilio o no, aunque seas de cualquier parte de España, podemos llevarte por el camino de la prosperidad si contactas con nuestra Asesoría. Hoy en día, mediante videoconferencias se pueden mantener reuniones con clientes en cualquier parte del país, incluso del mundo!! Además nuestro precio es ajustado a la realidad actual y más aún para clientes que no disfrutan del servicio presencial.
¡Por último, relaciono los gastos que, teniendo en cuenta las aclaraciones previas, serán deducibles!
1. Gastos deducibles si la vivienda es alquilada:
De la lista de los siguientes gastos podrás deducirte la parte proporcional que dediques a realizar tu trabajo:
– De la cantidad mensual del alquiler, se podrá deducir la parte proporcional de esa renta.
– No se pueden deducir suministros (agua, luz, gas/calefacción) si no se tienen dos contadores (uno para la casa y otro para el espacio dedicado al trabajo).
– La compra de material necesario para realizar tu actividad.
2. Gastos deducibles si la vivienda es propiedad del autónomo:
De los siguientes gastos, te podrás deducir la parte proporcional que esté directamente relacionada con el desarrollo de tu actividad profesional/empresarial:
– Gastos de comunidad
– La amortización del inmueble
– Intereses de la hipoteca.
– El seguro del hogar.
– Impuestos locales como el IBI o los servicios de recogida de residuos urbanos.
– Compras de material necesarias para desempeñar tu trabajo.
Para cualquier duda o aclaración pónganse en contacto con nosotros por cualquier vía: teléfono, correo-electrónico, presencial e incluso a través de la web.
Esperamos que sea de mucha utilidad.
¡Un saludo!