Eludir el pago de las cuotas que correspondan a la Seguridad Social puede dejar de ser una defraudación sin más que conlleve una multa y pasar a ser un delito grave con años de prisión y una multa que supera los 400.000 euros.

Algunos indicios de la defraudación en los que se basa la Seguridad Social

1. Cambios en la denominación de la empresa. Con la creación de 4 empresas sucesivas para ocultar a la Seguridad Social sus nuevos nombres sociales y que se relacionen todos con un mismo empresario

2. La transmisión de participaciones sociales ficticias. Convirtiendo en socia y administradora a una trabajadora mientras el empresario era dado de alta como trabajador y director en funciones de la empresa. Y la compra por 1€ de esas participaciones es un indicio relevante de simular dicha transmisión.

3. No dar de alta a sus trabajadores. El incumplimiento de este requisito indispensable es detectado por la Inspección de Trabajo.

4. Impagos o aplazamiento de cuotas. Pese a ser consciente de las deudas, se percibe que no hay intención de regularizar la situación y efectuar los pagos.

5. No se presentan las cuentas sociales en el Registro Mercantil.

Ejemplo

Un empresario realiza todo lo anterior y alega que si no pagó fue porque carecía de liquidez. Y que el hecho de cambiar de sociedades no era para ocultar nada, sino para no perder a sus proveedores y poder reflotar el negocio.

Conclusión

No abonar las cuotas a la Seguridad Social no supone tal cual una defraudación, sin embargo lo es si existen maniobras de ocultación que puedan entorpecer la labor inspectora y si se deduce ánimo defraudatorio, como es el caso, de los anteriores indicios.  ​

En el siguiente cuadro se pueden ver los delitos y las sanciones que impone la Seguridad Social en cada caso:

 

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